Unidad agrícola familiar
Unidad agrícola familiar, acrónimo UAF. Unidad de producción agropecuaria familiar, i. e., aquella que emplea básicamente mano de obra del propietario o poseedor y su familia inmediata (esposa, hijos y sus consortes…), generalmente de subsistencia y cuya producción es suficiente para suplir las necesidades básicas de la familia.
UAF es también un concepto jurídico en Colombia, definido por la Ley 60 de 1994, §38[1] . La resolución 41 de 1996 del Incora, define los tamaños de las UAFs, según las características de la zona de ubicación y el uso predominante del suelo: agrícola, ganadero o mixto[2] . Si bien el concepto es afín al ecológico y económico aquí discutido, las áreas UAF sensu Incora son fijas y no necesariamente coinciden con los tamaños aquí mencionados.
Áreas UAF
El tamaño de la UAF no es constante; es una variable determinada por diversos factores o características que difieren de un sitio a otro, de una época del año a otra y de un año a otro, v. gr. considérense las siguientes fuentes de variación sobre el tamaño de la UAF:
- ecológica -varía según el clima, la calidad del suelo, la abundancia de plagas, etc.;
- social -varía con los cultivos predominantes, el sistema de producción, la forma de tenencia de la tierra;
- cultural -varía con la forma de tenencia de la tierra; y
- económica -varía según las posibilidades de mercado de la producción agropecuaria y la demanda.
La UAF puede variar desde < 1 ha, v. gr. en áreas de policultivo intensivo en el altiplano cundiboyacense, valle de Tenza, altiplano nariñense hasta > 100 ha en áreas ganaderas del trópico húmedo, v. gr. en la Amazonía el Chocó biogeográfico y el Magdalena Medio.[3]
Minifundio se define como un predio de tamaño menor que la UAF; esta es de 100 ha en Yondó, para una finca ganadera de subsistencia, de acuerdo con DPEI-DAPA. 2003. que citan a PDPMM. La cita y la referencia están incompletas en este documento, posiblemente se trata de: PDPMM. 1996. Diagnóstico Agropecuario y rural del Magdalena Medio. Santafé de Bogotá. Sin embargo, PDPMM. 2002b. un documento propio de PDPMM da cifras substancialmente menores para las UAFs de Yondó, aunque no presenta ningún dato para la ganadería de susbsistencia. Laboratorio de Desarrollo y Paz para el Magdalena Medio, Programa Operativo Global, 4 Intervención, sf, probablemente 2002:
UAF vs. ubicación de predio en MM, según PDPMM sector (≈ paisaje) área (ha) plano del río Magdalena 12 al lado de ríos o afluentes [sic] 6 zona media, 500 - 1.200 m s. n. m. 5 cultivos de cacao en zona media (500 - 1.200 m) 3 zona alta, 1.300 - 1.800 m s. n. m 3
Esta incongruencia aparente resalta el hecho de que no se ha evaluado la dependencia de la población campesina en la biodiversidad. Las proteinas, lípidos, carbohidratos, fibras, resinas, combustibles, medicinas, etc., suministrados por el consumo de spp de vida silvestre, de frutos, semillas, caza, pesca, etc., reemplazan insumos que en otras circunstancias deberían ser producidos o comprados.
Área UAF y economías de subsistencia
Hay varias formas de contabilizar esa dependencia. L. C. García Lozano comparó 2 comunidades de mozo-colonos (≈ jornaleros) en Guatemala, en 1997, una con acceso a ca. 0,5-1,0 ha/familia y otra sin tierra. Cada comunidad definió una canasta familiar media y se calculó el costo a precios de mercado de dicha canasta y a éste se le substrajo el valor, a precios de mercado, de la auto-producción que incluía caza, pesca y recolección además de los tradicionales de agricultura y cría. buscar datos y referencia
I. D. Pineda ha empleado en Neotrópicos un método diferente. Se trata de evaluar y valorar un etograma de producción y consumo, mediante calendarios detallados, cuya información es alimentada por las comunidades mismas. buscar datos y referencias de Chocó, 1995-96; Mompox, PNN Paramillo
Cabría adelantar para la región rural inmediata (Yondó-Cantagallo-San Pablo y algunas comundades campesinas de islas y de la margen derecha, v. gr., Chucurí, Aguas Negras, etc. = Gran Yondó o Yondó Metropolitan Area) una evaluación de RRNN disponibles y nivel de uso para establecer sostenibilidad. El vector de actividades económicas es:
- agricultura de pancoger,
- ganadería extensiva en terrenos comunales o baldíos o de terratenientes absentistas (ninguno de los tres se mencionan en este documento. ¿Si los hay?) o propios
- cría en corral/establo de spp menores (cerdos, aves de corral…)
- caza
- pesca
- aserrío
- leñateo
- recolección
- canje de mano de obra
- jornaleo
- artesanías y manufacturas
- trueque de todo tipo de productos
- remesas
Este vector se debe evaluar para diferentes municipios y si es posible en Gran Yondó para diferentes biotopos, desde albardón de río, albardón de caño, dique artificial, ciénaga, playón, v bajo, etc. La mejor forma de obtener participación ciudadana y de recabar información es hacer que la comunidad produzca esta información. Algo análogo a lo desarrollado con el programa Mi ciénaga desarrollado por Neotrópicos para Corantioquia (subregión Panzenú).
Algunas hipótesis
- Es posible definir factor crítico de UAF y por ende de sostenibilidad para una región mediante ANOVA o mejor mediante ACP para identificar/aislar el factor que conlleva la mayor parte de la varianza en el tamaño de UAF
- En áreas de colonización, de agricultura itinerante, sin reposición, el tamaño de la UAF media aumenta con el tiempo, se requiere una mayor área para producir la misma cantidad de sustento[4] .
- Puede utilizarse UAF para comparar sistemas de producción campesina que difieren en tipos de cultivo, prácticas agropecuarias, biotopos ocupados, edad, etc. Esta documentación es algo que las comunidades campesinas están en capacidad inmejorable/irremplazable de hacer.
- Si disminuye la biodiversidad de una región o el acceso a ella, aumenta el tamaño de la UAF.
- En economías campesinas de subsistencia es frecuente encontrar situaciones en las cuales las decisiones son antieconómicas. Muy posiblemente en ellas ocurran intercambios grandes de bienes y servicios y estos además pueden cumplir una función ritual, v. gr., dotes de ganados en la Guajira; si estos se contabilizasen, las aparentes discrepancias con un análisis económico clásico desaparecerían.
Apostillas
- ^ . Capítulo IX
Unidades agrícolas familiares y parcelaciones
§ 38. Las tierras cuya adquisición promuevan y obtengan los hombres y mujeres campesinos, o las que compre directamente el Instituto para programas de Reforma Agraria, se destinarán a los siguientes fines:
a) Establecer Unidades Agrícolas Familiares, Empresas Comunitarias o cualquier tipo asociativo de producción.
b) Para la constitución, ampliación, reestructuración y saneamiento de resguardos indígenas.
Se entiende por Unidad Agrícola Familiar (UAF), la empresa básica de producción agrícola, pecuaria, acuícola o forestal cuya extensión, conforme a las condiciones agroecológicas de la zona y con tecnología adecuada, permite a la familia remunerar su trabajo y disponer de un excedente capitalizable que coadyuve a la formación de su patrimonio.
La UAF no requerirá normalmente para ser explotada sino del trabajo del propietario y su familia, sin perjuicio del empleo de mano de obra extraña, si la naturaleza de la explotación así lo requiere.
La Junta Directiva [del INCORA] indicará los criterios metodológicos para determinar la Unidad Agrícola Familiar por zonas relativamente homogéneas, y los mecanismos de evaluación, revisión y ajustes periódicos cuando se presenten cambios significativos en las condiciones de la explotación agropecuaria que la afecten, y fijará en salarios mínimos mensuales legales el valor máximo total de la UAF que se podrá adquirir mediante las disposiciones de esta Ley.
Para determinar el valor del subsidio que podrá otorgarse, se establecerá en el nivel predial el tamaño de la Unidad Agrícola Familiar. - ^ Los municipios de a región del POEM pertenecen a la que fuera la Regional Magdalena Medio del INCORA (no se sabe si el INCODER mantuvo esta regionalización), región homogénea # 5: Puerto Berrío, Yondó y Cimitarra cuyas áreas UAFs son de 53 a 72 ha, no indica uso particlular; a la región homogénea Magdalena Medio de la regional Santander: Barrancabermeja, Puerto Parra y Cimitarra, cuyas áreas UAFs son de 18 a 33 ha, no se indica uso particlular. Nótese que Cimitarra está en ambas categorías con UAFs diferentes. Es evidentemente un lapsus, quizás irrelevante hoy en día cuando el Incora ya fue liquidado.
- ^ Aunque no se calcula periódicamente para una región determinada, el área de la UAF puede cambiar de año a año o incluso dentro del período anual en regiones estacionales. Estos cambios están asociados a las fluctuaciones de las demandas y de los precios de ciertos insumos agrícolas (e. g., abonos).
- ^ . Comunidades campesinas visitadas en 23.02.08, reportaron reducciones de hasta 50% en la productividad de suelos de aluvión (islas fluviales) e. g., de maiz San Pedro Las Vegas (Cimitarra, Santander) (de 25 cargas/ha a 12 cargas/ha 2.300 kg/ha a 1.104 kg/ha) y de plátano Puerto Murillo (Puerto Berrío, Antioquia), como consecuencia de la explotación continuada sin descanso ni reposición. (1 carga = 2 bultos; 1 bulto ≈ quintal castellano, no métrico = 4 arrobas; 1 arroba = 25 libras ó 11,5023 kg)