Diferencia entre revisiones de «Consorcio Carinsa - Incoplán. 1993.»

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:" (…) La [[DEA]] tiene los siguientes fines:
:" (…) La [[DEA]] tiene los siguientes fines:
:* establecer, de manera preliminar, los eventuales cambios –positivos o negativos– que sobre la estructura y procesos ambientales del área se generen como consecuencia de las ac-tividades inherentes a la rehabilitación (dragados, cierre de brazos, disposición de materiales de dragado, etc.),
:* establecer, de manera preliminar, los eventuales cambios –positivos o negativos– que sobre la estructura y procesos ambientales del área se generen como consecuencia de las actividades inherentes a la rehabilitación (dragados, cierre de brazos, disposición de materiales de dragado, etc.),
:* identificar, con base en análisis cualitativos, las actividades de más alto riesgo y los elementos ambientales más susceptibles.
:* identificar, con base en análisis cualitativos, las actividades de más alto riesgo y los elementos ambientales más susceptibles.
:* definir las necesidades de informa-ción y las pautas para la realización de la Evaluación de Impacto Ambiental, con base en los vacíos aquí detectados y la precisión esperada de los estudios de ingeniería del proyecto. (…)" <br><small>(Tomado de Capítulo 1. Introducción y alcance del estudio. p 3.)</small>
:* definir las necesidades de información y las pautas para la realización de la Evaluación de Impacto Ambiental, con base en los vacíos aquí detectados y la precisión esperada de los estudios de ingeniería del proyecto. (…)" <br><small>(Tomado de Capítulo 1. Introducción y alcance del estudio. p 3.)</small>


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Revisión del 00:32 6 may 2007

Consorcio Carinsa - Incoplán Ltda. 1993. Obras de rehabilitación del río Magdalena, sector Puerto Berrío – Barrancabermeja. Declaratoria de efecto ambiental. Elaborado para Ministerio de Obras Públicas y Transporte (MOPT) y Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo (Fonade). Santafé de Bogotá, Colombia. Agosto de 1993. Versión pdf 832 kB.

" (…) La DEA tiene los siguientes fines:
  • establecer, de manera preliminar, los eventuales cambios –positivos o negativos– que sobre la estructura y procesos ambientales del área se generen como consecuencia de las actividades inherentes a la rehabilitación (dragados, cierre de brazos, disposición de materiales de dragado, etc.),
  • identificar, con base en análisis cualitativos, las actividades de más alto riesgo y los elementos ambientales más susceptibles.
  • definir las necesidades de información y las pautas para la realización de la Evaluación de Impacto Ambiental, con base en los vacíos aquí detectados y la precisión esperada de los estudios de ingeniería del proyecto. (…)"
    (Tomado de Capítulo 1. Introducción y alcance del estudio. p 3.)